Auditoría
Auditoría Impositiva: dictamen de auditoría externa obligatoria
Facturar por encima del umbral que exige dictamen y no presentarlo expone a la empresa a sanciones, con el auditor asumiendo responsabilidad solidaria por lo declarado.
Ejecutamos el Dictamen de Auditoría Externa Impositiva (DAEI) dentro del cronograma que exige la DNIT.
Qué incluye
- Revisión del balance general y el estado de resultados
- Conciliación de las declaraciones de IVA e IRE del ejercicio
- Verificación del cumplimiento de retenciones
- Emisión del Dictamen de Auditoría Impositiva
Qué no incluye
- No sustituye la auditoría interna de procesos (ver Auditoría Interna)
- No incluye la contabilidad mensual previa, que debe estar cerrada antes de auditar
- No cubre peritajes por sospecha de fraude (ver Auditoría Forense)
Qué necesitamos de usted
- Estados financieros completos del ejercicio
- Libros de compras y ventas de IVA
- Libro diario y mayor, e inventarios detallados
¿Qué es el Dictamen de Auditoría Externa Impositiva (DAEI)?
Es el informe que exige la normativa impositiva a las empresas con facturación elevada, sobre la razonabilidad de su situación tributaria. El auditor asume responsabilidad solidaria sobre esa razonabilidad, así que no es un trámite para tomar a la ligera ni para dejar para el último mes.
Qué revisamos: balance, resultados y conciliaciones impositivas
Analizamos el balance general, el estado de resultados y las conciliaciones entre lo declarado en IVA e IRE y lo que muestran sus libros contables, verificando que cada crédito fiscal y cada gasto deducible cumpla con los criterios de causalidad y legalidad vigentes.
Documentación que la empresa debe preparar
Estados financieros completos, libros de compras y ventas de IVA, libro diario y mayor, e inventarios detallados. Al ser un estudio digital, recibimos estos documentos por canales seguros, sin que tenga que acercar carpetas físicas.
Beneficios
Créditos fiscales validados
Verificamos que cada deducción cumpla los criterios de causalidad y legalidad exigidos.
Dictamen dentro del cronograma
Trabajamos con un calendario que minimiza el impacto en su operativa diaria.
Respaldo ante bancos y terceros
Un dictamen firmado facilita líneas de crédito y negociaciones con proveedores.
Preguntas frecuentes
¿Cuál es el monto de facturación que obliga a la auditoría este año?
Según la normativa vigente, están obligados los contribuyentes que hayan facturado en el ejercicio anterior un monto igual o superior a Gs. 9.201.143.662. Confírmelo con nosotros antes de asumir que no le corresponde, porque el monto puede actualizarse de un ejercicio a otro.
¿Qué documentos debe preparar la empresa?
Estados financieros completos, libros de compras y ventas de IVA, libro diario y mayor, e inventarios detallados del ejercicio a revisar. Al ser un estudio digital, facilitamos la recepción de todo por canales seguros y encriptados, sin que tenga que acercar carpetas físicas a nuestra oficina.
¿Cuál es la fecha límite para presentar el informe a la DNIT?
El plazo depende del cierre de su ejercicio fiscal y del calendario de vencimientos vigente de la DNIT, así que varía de una empresa a otra según cuándo cierra su ejercicio. Se lo confirmamos con precisión según su caso particular apenas iniciamos el trabajo de auditoría.
¿Qué pasa si estoy obligado y no presento el dictamen?
La DNIT puede aplicar sanciones administrativas y bloquear su Certificado de Cumplimiento Tributario, lo que le complica operar con bancos, proveedores y licitaciones hasta que regularice la situación. Por eso conviene planificar el dictamen con anticipación, no dejarlo para el último mes del plazo.
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